Lineamientos y Normas de Operación del Servicio Social Universitario
Lineamiento General
La Universidad Nacional Autónoma de México (UNAM) valida y reconoce el servicio social de los alumnos cuando el programa registrado por instituciones gubernamentales del ámbito Federal, Estatal o Municipal y por Organizaciones de la Sociedad Civil, cumplan con los objetivos del Servicio Social Universitario: Formativo, Retributivo y Social, derive de uno de los Ejes de Acción y responda al perfil profesional de los alumnos; sea aprobado por las Entidades Académicas (facultad, escuela, instituto, centro, DGIRE) y publicado a través de la página de consulta de programas.
Lineamientos Específicos y Normas de Operación
1. Requisitos y características del Servicio Social en la UNAM.
- Los alumnos deben tener un mínimo del 70% de créditos de su carrera y el 100% en los casos en que lo ameriten, y se registren con la autorización de su plantel respectivo. Las facultades, escuelas, institutos y centros determinarán los casos excepcionales de menor porcentaje de créditos.
- El servicio social deberá prestarse durante un tiempo no menor de 6 meses ni mayor de 2 años y el número de horas que requiera será determinado por las características del programa al que se encuentre adscrito el alumno, pero en ningún caso será menor de 480 horas y podrá realizarse de manera presencial y/o a distancia.
- El tiempo de duración de la prestación del servicio social deberá ser continuo, se entenderá que existe discontinuidad cuando sin causa justificada se interrumpa la prestación del servicio social por más de 18 días durante 6 meses, o en su caso más de 5 días hábiles seguidos.
- Cuando exista discontinuidad, el servicio social deberá reiniciarse sin tomarse en cuenta las actividades realizadas antes de la interrupción. Los Consejos Técnicos de las Entidades Académicas (facultades, escuelas, institutos y centros) determinarán los casos de excepción.
- Las Instituciones Receptoras (I.R.) de alumnos podrán solicitar el registro de programas, cuando cumplan con los objetivos del Servicio Social Universitario, presenten la documentación que solicite la Dirección General de Orientación y Atención Educativa (DGOAE) y las Unidades Responsables de Servicio Social (URSS) de las Entidades Académicas (facultades, escuelas, institutos y centros) de la UNAM.
- La prestación del servicio social no creará derechos, ni obligaciones de tipo laboral.
2. La responsabilidad académica del servicio social universitario corresponde a los Consejos Técnicos de facultades, escuelas, institutos y centros ejercida a través de las Unidades Responsables de Servicio Social (URSS) en coordinación con la DGOAE.
Con los siguientes atributos:
- Revisar y evaluar los programas de servicio social.
- Aprobar y promover los programas ante la comunidad estudiantil
- Establecer los criterios generales para la asignación de alumnos a los programas de servicio social.
- Realizar visitas de supervisión, evaluación y seguimiento a los programas de servicio social vigentes.
- Establecer las medidas necesarias que deriven de los resultados obtenidos de las visitas de supervisión.
- Atender y solucionar las situaciones de inconformidad de sus alumnos respecto al desarrollo del programa en las instituciones sedes y notificar a la DGOAE
3. Las Instituciones Receptoras (I.R.) con programas de servicio social, deberán cumplir con:
- El Reglamento General del Servicio Social de la UNAM,
- Los Reglamentos Internos en cada una de las Entidades Académicas (facultades, escuelas, institutos, centros y DGIRE),
- Los Lineamientos y Normas de Operación del Servicio Social Universitario,
- Contar con un reglamento interno o lineamientos de operación del servicio social – impreso o en línea - para conocimiento de la UNAM y de los alumnos, el cual no puede contradecir lo establecido en la Normatividad Vigente, debiendo hacerlo del conocimiento de los prestadores de servicio social, de las URSS de facultades, escuelas, institutos, centros, DGIRE y de la DGOAE.
4. El servicio social; presencial, semipresencial y a distancia, se desarrollará en un espacio físico adecuado, en condiciones higiénicas y de seguridad, con el equipo y material idóneo; y en el caso de la prestación a distancia, el espacio en línea designado con la infraestructura necesaria; y en todos los casos con la información y asesoría para la realización de las actividades del programa.
Todo programa de servicio social debe:
- Contar en su caso con un espacio físico digno y adecuado, en condiciones higiénicas y de seguridad.
- Contar con la infraestructura necesaria para el desarrollo de las actividades.
- Definir el tipo de información al que puede tener acceso el prestador de servicio social para el desarrollo de sus actividades.
- Definir la información al prestador de servicio social de sus actividades e información que pueden ser reportadas para el uso académico.
- Informar a los prestadores de servicio social las posibles condiciones de riesgo en el desarrollo de las actividades.
- Capacitar a los prestadores de servicio social sobre los mecanismos de control del espacio físico y en línea, y en su caso las medidas de seguridad, manejo de equipo e información.
5. La institución receptora deberá cumplir y hacer cumplir lo señalado en el programa de servicio social.
La institución receptora debe comprometerse a:
- Promover en los prestadores de servicio social la aplicación de sus conocimientos y habilidades en correspondencia con los tres ámbitos del servicio social: formativo, retributivo y social.
- Supervisar, asesorar, dar seguimiento y evaluar el desempeño de los prestadores de servicio social.
- Otorgar créditos y/o reconocimientos a los prestadores de servicio social en las publicaciones y/o productos que resulten de su participación.
- Solicitar por escrito a DGOAE y a las URSS de facultades, escuelas, institutos, centros y DGIRE; en un plazo no mayor de 5 días hábiles, todo cambio en el programa de servicio social aprobado.
6. En el programa de servicio social se expone la problemática en la que se desea incidir, el interés y beneficio social que se puede lograr a través de las diversas acciones, señalando el conocimiento y habilidades que podrá alcanzar y aplicar el prestador de servicio social.
El programa de servicio social debe:
- Atender las diferentes problemáticas nacionales consideradas prioritarias por la UNAM, a través de los Eje de Acción (un solo Eje)
- Reflejar en el titulo mismo, la problemática a atender
- Establecer de manera clara y coherente el objetivo a alcanzar (el qué y para qué del programa)
- Hay que precisar que las actividades de los prestadores de servicio social sean acordes al perfil profesional y deriven del objetivo del programa a fin de dar cumplimiento con lo establecido y en ningún caso serán diferentes a las descritas en el mismo.
- Establecer el número de plazas para prestadores por carrera, el cual no podrá ser mayor a 25 y las excepciones quedarán a consideración de las URSS
- Garantizar a los prestadores de servicio social, la participar activa en la atención de situaciones prioritarias, dirigidas a elevar el bienestar social, económico y cultural de la población.
- Contar con un responsable directo del programa que no puede ni debe ser el responsable del área de recursos humanos de la institución receptora.
- Ser tarea del responsable directo el diseño, implementación, seguimiento, evaluación y de la asignación del supervisor directo de los prestadores.
- Ser evaluados por parte de las entidades académicas de la UNAM y por los prestadores de servicio social; y su vigencia dependerá del resultado de la evaluación.